Modelos webcam ganan batalla legal y Corte reconoce sus derechos laborales

El Alto Tribunal falló a favor de una mujer que sufrió una injusticia cuando estaba en embarazo.

Por: Johana Rodríguez
@joharodri4

La Corte Constitucional, en un fallo sin precedentes en el país, reconoció los derechos laborales de las y los modelos webcam.

En ese fallo, advirtió que, aunque ese oficio no está regulado en el país, no por eso se abre la puerta para violaciones de derechos humanos como el trabajo.

“Esto no deja a las empresas dedicadas a esta actividad por fuera de la Constitución y la ley, por lo que no puede ser un escenario para abusos y violación de derechos”, dijo la Corte.

La Corte también cuestionó que Congreso solo se ha ocupado en intervenir dicha actividad a la hora de ver esta industria como una fuente de recaudo tributario.

De acuerdo con la Corte,  la única norma que hace referencia a esta actividad es la Ley 2010 de 2019, “en la que se contempla que tienen calidad de agentes retenedores los exportadores de servicios de entretenimiento para adultos a través del sistema webcam”. 

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Por eso le pidió al Congreso regular la actividad del modelaje webcam, de tal manera que se protejan los derechos fundamentales de las personas que practican el oficio.

Esos pronunciamientos los hizo la Corte al fallar a favor de una modelo webcam que fue desvinculada sin garantía laboral alguna,  cuando tenía 8 meses de embarazo porque para el propietario del estudio webcam su relación no era laboral sino comercial.

Ella buscó la protección de sus derechos al trabajo, al mínimo vital, a la estabilidad laboral reforzada, a la salud y a la seguridad social. 

Al estudiar el caso la Corte puso de relieve la problemática social y de pobreza que atraviesan muchas mujeres que por necesidad deciden ingresar a la industria del sexo. 

“La realidad de muchas mujeres en estado de vulnerabilidad que ingresan a la industria del sexo, condicionadas por situaciones de pobreza y ausencia de oportunidades lo que en una cultura sexista, globalizada y movida por el afán de lucro abre paso a que algunos busquen tomar provecho de las circunstancias apremiantes de estas mujeres”, dijo la Corte. 

Fuente: Sistema Integrado de Información

Publicado: 2021-05-26